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El Caso Nevada 1: Pactos Secretos y Desvíos en Blanco SAF (Parte 1)

  • Editor
  • 4 dic 2024
  • 17 Min. de lectura






Una Historia de Poder, Traición y Ambición


El caso Nevada 1 trasciende las fronteras de un problema de gestión financiera; podría tratarse de un entramado calculado que involucra traiciones, ambiciones personales y acuerdos secretos. Estos hechos pondrían en evidencia conflictos de interés y presuntas irregularidades en la administración de Blanco SAF. Aparentemente, a la cabeza de esta historia estarían José Castillo, Gerente General; Luis Málaga, Gerente Legal y Apoderado; Javier Rodríguez Larraín (JRL), Presidente del Directorio; Ricardo Jiménez, representante de TAJ SAC; quienes habrían tenido conocimiento y participación activa en decisiones que lesionaron gravemente los intereses de fondos públicos como BP6 y BP7.


Mientras los partícipes de Nevada 1 reclaman lo que consideran su derecho, surge una realidad más compleja: estos habrían aceptado beneficios y pagos provenientes de activos que no les correspondía, recursos que, según la SMV debieron destinarse a saldar pérdidas y corregir comisiones en exceso cobradas al BP6 y BP7.


Este artículo expone, con pruebas concretas y verificables, cómo actores clave habrían creado una red de posibles complicidades para beneficiarse personalmente a expensas de otros fondos y para encubrir lo que podría constituir un caso de apropiación indebida de recursos pertenecientes al único deudor del Fondo Nevada 1, Félix Rosenberg. Además, busca alertar a las autoridades y partícipes sobre las consecuencias de este esquema.


 

Es crucial aclarar que no se cuestiona el derecho legítimo de los partícipes de Nevada 1 a reclamar lo invertido más sus rendimientos. Sin embargo, estas obligaciones deben ser asumidas por el deudor del fondo o por quienes se habrían beneficiado con el desvío de sus recursos. No hay evidencia contable que justifique que Blanco SAF deba cargar con estas obligaciones, un punto también señalado por la SMV, que cuestiona el uso indebido de activos de la administradora. Estos recursos debían atender las deudas de BP6 y BP7 derivadas de operaciones que incumplieron las disposiciones vigentes.

 

Félix Rosenberg y el “Contrato Tarma”


El Origen del Conflicto


El caso Nevada 1 inicia con un oscuro precedente: un préstamo otorgado por Blanco SAF a las empresas del señor Félix Rosenberg, único deudor del fondo. Según el acuerdo inicial, Rosenberg debía saldar su deuda mediante la recaudación de sus negocios (hoteles y tragamonedas), que Blanco SAF gestionaría directamente. Blanco SAF descontaría las cuotas correspondientes y transferirá el excedente a Rosenberg.


Este sistema “funcionó” hasta que Rosenberg detectó un faltante de $1,469,991 en sus cuentas. Alarmado, detuvo por completo los pagos de devolución de su préstamo e inició acciones legales contra Blanco SAF (representado por José Castillo y María Luisa Aguirre), alegando mala gestión y posible apropiación indebida de fondos. Aunque las acciones legales no se dirigieron personalmente contra ellos, su rol administrativo los hacía responsables de los hechos denunciados.


 

El problema fundamental radica en que el dinero de recaudación de los negocios de Rosenberg, sí ingresó a las cuentas del fondo Nevada 1 que se encontraban bajo control de Blanco SAF, pero desapareció inexplicablemente bajo la gestión de José Castillo - Hasta ahora no se sabe el destino final de dichos fondos.

 

Castillo se encontró frente a una crisis monumental. La “desaparición” de $1.4 millones, detectada por Félix Rosenberg, puso en evidencia un desfalco que escaló rápidamente. Al percatarse del faltante, Rosenberg tomó medidas contundentes: detuvo los pagos comprometidos hacia los fondos Nevada 1 y 2 e inició acciones legales contra Blanco SAF. 


Esta reacción dejó a la administración en una posición crítica, ya que, sin los fondos provenientes de Rosenberg, los flujos hacia Nevada 1 y Nevada 2 se paralizaron, generando un grave riesgo de que los partícipes de ambos fondos volcaran su indignación directamente hacia la administración por los incumplimientos en los pagos.


Ante este panorama, la presión por encontrar una solución era enorme. La administración de Blanco enfrentaba no solo la amenaza de una crisis de confianza entre los partícipes, sino también el riesgo de un colapso que podría exponer aún más las irregularidades internas. Era indispensable actuar rápidamente para evitar que esta situación comprometa aún más la reputación de la administradora y destapara el entramado de decisiones cuestionables que la habían llevado a esta encrucijada.

 

¿Dónde Está el Dinero?


El desvío de los fondos de Rosenberg plantea preguntas fundamentales:

  1. ¿Quién se benefició de estos $1.4 millones? 

  2. ¿Por qué Blanco SAF asumió esta deuda, en lugar de responsabilizar a los culpables?


Estas preguntas, lejos de ser respondidas, quedaron enterradas bajo aún más decisiones cuestionables que buscaban encubrir el desfalco y proteger a los responsables y en vez de que la persona jurídica o natural que se benefició con este desvío de fondos sea quien realice la devolución de este monto, se buscó utilizar indebidamente recursos de Blanco SAF para asumir este faltante. 


Con el objetivo de encubrir lo sucedido en el fondo Nevada 1 y cubrir el agujero financiero, José Castillo y la administración de Blanco SAF decidieron que la sociedad asumiría la deuda originada por el desvío de fondos de Rosenberg. Esta decisión, que trajo consigo implicaciones éticas y financieras de gran alcance, se tomó a pesar de que la SMV ya estaba interviniendo para garantizar la restitución a los fondos públicos BP6 y BP7.


 

Es crucial resaltar el contexto de esta situación. Para ese entonces, Blanco ya estaba intervenida por la SMV debido a prácticas cuestionables y mal manejo de fondos. La empresa había dejado de pagar utilidades a los partícipes, y la SMV había detectado millonarias comisiones excesivas que Blanco debía devolver. La situación era crítica: mientras Blanco enfrentaba múltiples problemas, Félix Rosenberg descubrió que $1.4M habían desaparecido de su cuenta, lo que lo llevó a detener los pagos, única fuente de ingresos de dos de los fondos de Blanco SAF.


Si Blanco no hubiese actuado de manera irregular y Castillo no estuviera involucrado en la desaparición del dinero, lo lógico habría sido ejecutar las garantías del préstamo de Rosenberg para proteger la inversión de los partícipes de Nevada 1 y Nevada 2. Entonces surge la pregunta clave: ¿por qué optar por una estrategia tan arriesgada, firmando un contrato secreto sin aprobación del directorio para que Blanco asumiera una deuda de $1.4M robados? Cubrir un robo con otro no tiene sentido, a menos que se esté intentando encubrir algo aún mayor.

 

Blanco SAF tiene responsabilidades con todos los fondos que administra, pero sus recursos son limitados. Asumir la deuda de lo que sería en esencia un ROBO de dinero por alguien mas, significó disponer de activos que debieron ser destinados a otros fondos, en particular a los señalados por la SMV, como BP6 y BP7, para resolver un problema derivado de una gestión claramente cuestionable.


Lo razonable en este caso sería investigar lo sucedido en el fondo Nevada 1, determinar quién fue el beneficiario final del desvío de fondos, exigirle la restitución económica total y, además, iniciar acciones civiles y penales contra los responsables de este evidente caso de apropiación ilícita.

 

El “Contrato Tarma”


Para resolver el conflicto con Rosenberg, Blanco SAF estructuró el “Contrato Tarma” el 23 de mayo de 2024, un acuerdo opaco y cuestionable. Bajo este contrato, Rosenberg “recompraba” su deuda mediante condiciones que comprometían activos destinados a otros fondos:


  1. Un pago inicial de $126,327.74 USD, entregado mediante un cheque de gerencia al Fondo Nevada FR.



  2. Un terreno en Piura, valorado en $526,721.50 USD que había pertenecido al Fondo EQ3, fue incluido como parte de la compensación.

  3. Pagos diferidos con intereses anuales del 10%, según un cronograma aprobado por Blanco SAF.


Además, Blanco SAF transfirió 136,170.44 cuotas del Fondo Nevada II a Inversiones Tarma, una empresa vinculada a Rosenberg, sin costo alguno. Esto significó que activos pertenecientes a otros fondos o a Blanco SAF, fueran utilizados para cubrir un problema que surgió bajo la administración de José Castillo.



Este contrato con Inversiones Tarma Grande comprometió activos de propiedad de Blanco SAF, activos que, según lo señalado por la SMV, deberían haberse destinado a compensar los perjuicios sufridos por los fondos públicos BP6 y BP7.


El Contrato Tarma, lleno de cláusulas cuestionables, marcó un punto de inflexión en este caso, cuyos detalles analizaremos en la próxima entrega.


 

Aquí puedes ver el "Contrato Tarma" completo y el "Contrato de Transferencia de Cuotas de Participación del Fondo Nevada 2 que señala la transferencia de 136,170.44 cuotas del Fondo Nevada II a Inversiones Tarma.




 

Cláusulas Cuestionables y el Rol de la SMV


El Memorándum N° 016-2024 de la SMV señaló una cláusula específica del contrato que estipulaba:


De existir saldos pendientes de pago de Blanco SAF a los integrantes del fondo, este asumirá el pago directo a los partícipes.”.


Esta cláusula no solo beneficiaba a Nevada 1 a expensas de otros fondos, sino que también contravenía la normativa vigente. La SMV cuestionó por qué Blanco SAF no ejecutó las garantías existentes de Rosenberg cuando dejó de pagar las deudas al fondo Nevada, antes de recurrir a recursos de otros fondos o de la SAF, sugiriendo que esta decisión buscaba ocultar el desvío original de los $1.4 millones.


Además, el contrato condonaba una deuda administrativa significativa que Nevada 1 tenía con Blanco SAF, decisión que no fue informada al Directorio ni a los partícipes de otros fondos. Incluso después de la firma del contrato, la deuda seguía reflejada en los estados financieros al 30 de junio de 2024 que se encuentran publicados en la página web de la SMV, evidenciando una falta de transparencia en la gestión de José Castillo y su círculo.


La Firma de María Luisa Aguirre


Para agravar la situación, la escritura pública del contrato fue firmada por María Luisa Aguirre, quien ya había renunciado a su cargo en Blanco SAF. Según la SMV:


Se observa que la Sra. Aguirre suscribió el contrato de compraventa en representación de Blanco SAF pese a haber renunciado a su cargo previamente, con fecha 5 de agosto de 2024. Esto constituye una irregularidad que afecta la validez del documento y pone en entredicho la transparencia de la operación.


Este acto no solo compromete la legalidad del contrato, sino que también evidencia una cadena de decisiones malintencionadas para ocultar información clave, tanto a los directores como a los partícipes de otros fondos.



 

Puedes acceder al Memorandum 016 aquí:


 

El Debacle de Rosenberg y el Contrato Secreto


Tras la desaparición inexplicable de $1.4 millones pertenecientes a Félix Rosenberg, y luego de que este detuviera sus pagos a los fondos Nevada 1 y 2 e iniciara acciones legales contra Blanco SAF, la administración de Blanco, liderada por José Castillo, firmó el “Contrato Tarma”. Este acuerdo, firmado a espaldas del Directorio, buscaba tapar el agujero financiero generado por la desaparición del dinero.


El viernes 8 de noviembre, Rosenberg reinició sus pagos al Fondo Nevada 1 y emitió un cheque dirigido a Blanco SAF. A ese momento, el Directorio contaba con los estados financieros auditados al 30 de junio de 2024, elaborados por el auditor interno Manuel Tumba y publicados en la página oficial de la SMV. Según estos documentos, Nevada 1 mantenía una deuda administrativa con Blanco SAF de S/. 766,984.00 +IGV.


Con esta información y bajo la estricta supervisión de la SMV, el Directorio no identificó motivos dentro de la normativa que generaran alarma respecto a la administración de Blanco SAF. Lo que parecía una operación administrativa regular procedió en consecuencia: Blanco SAF cobró la deuda administrativa del Fondo Nevada 1 y giró el excedente de los fondos a la cuenta del fondo privado.

 

Aquí el extracto de los Estados Financieros de Blanco SAF auditados al 30 de Junio 2024:


 


Este video es un extracto del webinar organizado por Ricardo Jimenez Y JRL. Cuando el auditor interno Manuel Tumba es cuestionado acerca de los Estados Financieros de Blanco SAF al 30 de Junio del 2024 dice: Hay comisiones de Nevada contablemente, sí, por pagar a Blanco SAF. El Fondo Nevada debe a Blanco SAF


JRL interrumpe inmediatamente: "Disculpe que interrumpa, pero Nevada NO debía plata absolutamente nada a Blanco. (…) Blanco le debía a Nevada y se iba a pagar con un terreno la diferencia a los inversionistas. Osea que no puedo aceptar que se (diga que) Nevada le debia plata a Blanco.".


A lo cual Manuel Tumba responde: “Si esa es la realidad de la situación… este… la parte contable de Blanco SAF, hay un proceso contable en el cual el area de contabilidad recibe información de diversas areas en el cual alimenta el proceso contable, entonces, la información que menciona el señor Larrain respecto a las comisiones que el fondo Nevada no debe a Blanco SAF, nunca ha llegado al area de contabilidad para que esta fuera registrada contablemente.".


 


Con esta información y bajo la estricta supervisión de la SMV, el Directorio no identificó motivos dentro de la normativa que generaran alarma respecto a la administración de Blanco SAF. Lo que parecía una operación administrativa regular procedió en consecuencia: Blanco SAF cobró la deuda administrativa del Fondo Nevada 1 y giró el excedente de los fondos a la cuenta del fondo privado.



Perjuicio a Otros Fondos


El "Contrato Tarma", firmado en secreto y plagado de irregularidades señaladas por la SMV, comprometió activos que no pertenecían a Nevada 1, sino a Blanco SAF. Según las observaciones de la SMV, estos activos debieron destinarse a compensar a fondos como BP6 y BP7, que enfrentaban obligaciones críticas derivadas de comisiones cobradas en exceso y otros perjuicios. Los estados financieros de Blanco SAF al 30 de junio de 2024 reflejaban esta situación:


  • Cuenta por pagar al Fondo BP6: S/. 6,438,788

  • Cuenta por pagar al Fondo BP7: S/. 14,886,098

  • Cuenta por pagar a Fondos Públicos: S/. 11,669,114


En total, Blanco SAF debía aproximadamente S/. 33 millones a los fondos públicos, una cifra que debió priorizarse antes de atender cualquier otro compromiso. Sin embargo, el Contrato Tarma desvió recursos ajenos, como el terreno en Piura (perteneciente anteriormente al Fondo EQ3 extinguido el día de hoy y en poder de Blanco ), para cubrir parte de las obligaciones contraídas con Nevada 1. Aún más preocupante, el contrato estipulaba que cualquier diferencia no cubierta por estos activos sería asumida directamente por Blanco SAF, agravando así la situación financiera de los fondos públicos.



Los Problemas Inmediatos


  1. El Contrato Secreto Tarma: Este acuerdo, firmado entre la administración de Blanco SAF y los partícipes de Nevada 1, condonaba la deuda de Nevada 1 con Blanco SAF. Sin embargo, el Directorio nunca fue informado de este contrato (Solo JRL).

  2. Irregularidades en la Firma del Contrato: La escritura pública fue firmada por María Luisa Aguirre tras su renuncia y pérdida de facultades administrativas, lo que invalida el contrato.

  3. Uso Indebido de Recursos de Blanco SAF: El contrato utilizaba recursos de Blanco (y de otros fondos) para cubrir una deuda que no correspondía a la sociedad. El dinero desaparecido debía ser devuelto por quien lo desvió, no por Blanco SAF, y mucho menos a expensas de otros fondos y partícipes.


Estas irregularidades fueron observadas por la SMV en el Memorándum 016, evidenciando que el contrato Tarma beneficiaba a Nevada 1 en perjuicio de los fondos públicos BP6 y BP7.


 

La Complicidad de Javier Rodríguez Larraín (JRL)


El “Presidente del Directorio” 🫡


A lo largo de todo este desastre, José Castillo permanecía en Blanco SAF supuestamente para responder a los oficios de la SMV a pesar de que su permanencia fuese cuestionada por directores como Bernardo Rodríguez Chlimper y José Miguel Chumpitasi, quienes señalaban que Castillo seguía controlando operaciones clave, incluyendo el manejo de los tokens financieros y pidieron reiteradamente su despido inmediato. Sorprendentemente, Javier Rodríguez Larraín (JRL) lo defendió consistentemente, mostrando un patrón de protección hacia Castillo que a la fecha resulta inexplicable y levanta el cuestionamiento; “estaban implicados en una complicidad secreta?”


El Directorio


Luego de la salida de Maria Luisa Aguirre, se compone un directorio de 5 personas;


  • Javier Rodríguez Larraín (Presidente del Directorio)

  • Martín Echevarría Pérez

  • Bernardo Rodríguez Chlimper

  • José Miguel Chumpitasi More

  • Jorge Espada Salazar


La designación de estos cinco directores tenía un propósito claro: salvaguardar los intereses de cinco fondos específicos y garantizar la estabilidad financiera de Blanco SAF para cumplir con sus obligaciones hacia estos fondos:


  • BP2

  • BP4

  • BP6

  • BP7

  • PRIVATE


El compromiso del Directorio con los partícipes era salvaguardar estos 5 fondos y Nevada 1 NO es uno de ellos. Peor aún, participar en algún acuerdo PRIVADO en beneficio de Nevada 1 y PERJUICIO de los 5 fondos.


Adicionalmente, los directores realizaron reiterados requerimientos de información sobre los fondos en proceso de traspaso a otras SAF, con el objetivo de garantizar que se cumplieran los procedimientos establecidos y que se liquidaran las deudas pendientes con Blanco SAF. Esto era crucial, ya que los recursos recuperados debían destinarse a:


  1. Devolver las comisiones cobradas en exceso a los fondos públicos, como señaló la SMV en múltiples oficios.

  2. Activar procesos judiciales para la recuperación de activos, incluyendo ejecuciones de garantías hipotecarias y obligaciones de dar suma de dinero.

  3. Poner en valor los activos recuperados con proyectos de desarrollo inmobiliario.

  4. Cubrir los gastos operativos de la sociedad (alquiler, sueldos, dietas, etc.).

  5. Solventar las denuncias penales contra quienes resulten responsables de los delitos cometidos en perjuicio de los fondos públicos y sus partícipes.


Estos requerimientos fueron negados por Castillo, quien se negaba constantemente a entregar información o lo hacía de forma incompleta, aduciendo que esta debía llegar a él por “los conductos regulares” y llegar a él a través del presidente del directorio quien se negaba a responder por escrito y decía estar manejando la situación. 




 

Los siguientes extractos de correos del 30 de agosto de 2024 ilustran claramente la dinámica en el Directorio, donde se realizaban constantes requerimientos de información a José Castillo. Este, de forma sistemática, se negó a proporcionar los datos solicitados, argumentando que estos “debían ser requeridos a través del Presidente del Directorio.” Dicho Presidente, detrás de quien Castillo se escudaba, nunca se pronunció, a pesar de estar copiado en todos los correos.

 

Sr. José Castillo, en mi calidad de Director escribo con copia al Directorio, reitero la solicitud de que se me proporcionen los movimientos bancarios de las cuentas recaudadoras soles y dólares de Blanco SAF que fueron cerradas de las instituciones BBVA, BCP e Interbank de los años 2021, 2022 y 2023 el día lunes a más tardar.


De no aceptar esta solicitud solicito que sea denegada por escrito.


Atentamente,

Bernardo Rodríguez Chlimper

 

Sr. Rodríguez Chlimper,

Por el presente doy respuesta a su pedido de estados de cuenta por los años 2021, 2022 y 2023 de BLANCO SAF de las cuentas recaudadoras.


Sin perjuicio del contenido de su pedido y a pesar de ser hoy día feriado no laborable,

cumplo con recordarle que, todo pedido debe ser canalizado a través del Directorio, quien debe designar que director será el encargado de recibir la información.


Atentamente,

Jose Castillo

 

Al señor José Castillo. Acuso recibo de su correo de respuesta a mi requerimiento de información.


No hay duda alguna que la Gerencia General tiene la obligación de informar a cada director acerca de todo lo relacionado con la marcha de la sociedad. Así está establecido en el artículo 173 de la Ley General de Sociedades.


No es la Gerencia General la que decide si brinda la información o no, o si declara procedente el pedido de información. La Gerencia General debe simplemente

brindar al director solicitante la información que éste hubiera solicitado, lo que en este caso no ha ocurrido, en un escenario en el cual usted se está tomando la atribución de amparar o o no mi pedido de información. Esta actitud suya es la ciertamente que deviene en improcedente.


Así las cosas, reitero mi pedido a la Gerencia General de la sociedad, en la persona de usted como Gerente General, para que me brinde de inmediato la información que he solicitado mediante correo de fecha 30 de agosto de 2024, De no cumplir con su obligación lo hago responsable de tal incumplimiento, que afecta seriamente a la sociedad más aún en las circunstancias actuales, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 190 de la Ley General de Sociedades.


Atentamente,

Bernardo Rodríguez Chlimper,

Director

 

Señor. Rodriguez Chlimper:

Por respeto y consideración, volveré a responder sobre su correo pero no seguiré sobre este tema hasta que el Directorio se pronuncie. Espero lo pueda entender y aceptar.


Le agradeceré lea el artículo 173 completo:

Artículo 173.- Información y funciones

Cada director tiene el derecho a ser

informado por la gerencia de todo lo

relacionado con la marcha de la

sociedad. Este derecho debe ser ejercido

en el seno del directorio y de manera de

no afectar la gestión social.


Concuerdo con su derecho a solicitar la información. Pero, tal como dice el mismo artículo, su pedido debe canalizarse (ser ejercido) por el Directorio para atenderlo y que sea procedente; es decir, que procedamos a atenderlo.


El artículo 190 precisamente me hace responsable del cumplimiento de la ley, el estatuto y los acuerdos de la junta general y del directorio.


Le reitero que mi mensaje no busca enfrentamientos ni desobediencias, tampoco promover algún tipo de falta de transparencia, solamente estoy pidiéndole respetar los procesos para cumplir con las formalidades de Ley; ello ha sido un pedido expreso del Presidente del Directorio para cuidar a la Sociedad por todos los frentes que viene atravesando.


Cómo es evidente que tenemos posiciones divididas, esperaré a que el Directorio se pronuncie sobre su pedido para, de ser el caso, atenderlo a la brevedad.


Lamento las molestias que pueda causar esta posición.

Atentamente,

Jose Castillo

 

Sr. José Castillo, en relación a la solicitud realizada sobre las cuentas recaudadoras soles y dólares de Blanco SAF que fueron cerradas de las instituciones BBVA, BCP e Interbank de los años 2021, 2022 y 2023 que vengo requiriendo, lo cierto es que cuando he solicitado información a través del Directorio, usted no ha cumplido con entregarla de manera oportuna o lo ha hecho a medias. El fondo del tema es que la información no la está brindando de manera oportuna, usted está utilizando el sistema de la misma forma que lo hizo cuando el suscrito era miembro del Comité de Vigilancia y se negó a brindar la información requerida limitándose a poner una computadora en el directorio para que seamos nosotros los que tengamos que buscarla y no tener registros impresos de la información. Esta actitud suya fue observada por la SMV quienes finalmente le exigieron que la información sea presentada de manera impresa.


Nuevamente se repite el mismo patrón bajo otro contexto amparándose usted en el

artículo 173.


Finalmente, el Directorio está en copia sobre mi solicitud así que puede usted consultar directamente con el Presidente si mi solicitud procede.


En caso de ser denegada mi solicitud solicito me brinden los motivos por los cuales no es posible tener dicha información de lo contrario le reitero mi solicitud y le exijo sea atendida en las próximas 48 horas.


Atentamente.

Bernardo Rodríguez Chlimper

 

Dejemos que el Directorio se pronuncie.


Respecto a sus aseveraciones, me abstengo de responderlas y solicito se me permita rebatirlas en una sesión formal y presencial si es que el Directorio tiene a bien aceptar mi pedido.


Hago esta solicitud debido a que quisiera exponer personalmente las razones por las que exijo formalidad en este aspecto, habida cuenta que se me está señalando cómo una persona que está dificultando la entrega física de información.


Quedo atento a que el Directorio se pronuncie.

Atentamente.

José Eduardo Castillo

 

Estimados Señores Directores, les reitero mi pedido sobre vuestro pronunciamiento en relación a mi solicitud sobre los movimientos de las cuentas recaudadoras soles y dólares de Blanco SAF que fueron cerradas de las instituciones BBVA, BCP e Interbank de los años 2021, 2022 y 2023 que vengo requiriendo.


Muchas gracias,

Bernardo Rodríguez Chlimper

Director



 
 

Los 5 Fondos


Aunque el Presidente del Directorio tiene autoridad sobre todos los fondos de Blanco, su responsabilidad principal era proteger los cinco fondos que lo eligieron, evitando priorizar los fondos privados, especialmente si eso perjudicaba aún más a los fondos públicos. Esta actitud del Presidente del Directorio resulta incomprensible, y lo mismo aplica a Carlos Kouri, Presidente del Comité de Vigilancia, cuyo accionar también ha generado serias interrogantes.


El Webinar y el Conocimiento del Contrato Tarma


Javier Rodríguez Larraín (JRL), presidente del Directorio de Blanco SAF, buscó proyectarse como un defensor de los intereses de los partícipes, incluso aquellos que no estaban representados entre los cinco fondos que lo eligieron. 


En un webinar llevado a cabo en medio de la crisis, realizó la siguiente afirmación:


Blanco SAF no tenía deuda con Nevada 1, por lo que no debió haberse cobrado ninguna comisión administrativa.


Esta declaración, lejos de tranquilizar a los partícipes, plantea un problema crucial: si JRL aseguró que no existía deuda entre Blanco SAF y Nevada 1, debía tener conocimiento del Contrato Tarma y la intención de condonación de la deuda administrativa. De no ser así, ¿cómo podría emitir dicha declaración con tanta seguridad? Este conocimiento implícito lo situaría en una posición aún más grave: admitir que sabía que el contrato lesionaba los intereses del  BP6 y BP7 al utilizar activos que resarcirá a los fondos públicos  para cubrir las obligaciones de Nevada 1, en vez de buscar investigar lo sucedido en ese fondo privado para beneficio de sus partícipes.


Al sumar esta declaración a su rol como abogado y presidente del Directorio, resulta imposible ignorar que JRL entendía perfectamente las implicaciones de sus palabras. Esto sugiere no sólo una contradicción en su narrativa, sino también una posible colusión con José Castillo para manipular procesos internos y proteger intereses personales.



 

Recordatorio: Es crucial aclarar que no se cuestiona el derecho legítimo de los partícipes de Nevada 1 a reclamar lo invertido más sus rendimientos. Sin embargo, estas obligaciones deben ser asumidas por el deudor del fondo o por quienes se habrían beneficiado con el desvío de sus recursos. No hay evidencia contable que justifique que Blanco SAF deba cargar con estas obligaciones, un punto también señalado por la SMV, que cuestiona el uso indebido de activos de la administradora. Estos recursos debían atender las deudas de BP6 y BP7 derivadas de operaciones que incumplieron las disposiciones vigentes.

 

En la segunda parte de este artículo, profundizaremos en el papel de Javier Rodríguez Larraín, el impacto de las decisiones tomadas sobre los fondos BP6 y BP7, y las observaciones clave emitidas por la SMV que revelan la magnitud de las irregularidades.


 

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